Se crea El Sistema Nacional de Respuesta al Cambio Climático, adscrito a la Presidencia de la República.
El Sistema Nacional de Respuesta al Cambio Climático es la instancia encargada de coordinar, asesorar, estudiar, controlar y educar sobre la mitigación y adaptación al Cambio Climático en nuestro país.
Integración del Sistema Nacional de Respuesta al Cambio Climático
El Sistema Nacional de Respuesta al Cambio Climático está integrado por:
- 1. Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales;
- 2. Ministerio de Hacienda y Crédito Público;
- 3. Ministerio de Relaciones Exteriores;
- 4. Ministerio de Energía y Minas;
- 5. Ministerio de Salud;
- 6) Ministerio de Educación;
- 7. Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales;
- 8. Instituto Nicaragüense de Tecnología Agropecuaria;
- 9. Instituto Nacional Forestal;
- 10. Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal;
- 11. Secretaría Privada para Políticas Nacionales de la Presidencia de la República;
- 12. Secretaría para el Desarrollo de la Costa Caribe de la Presidencia de la República
- 13. Consejo Nacional de Universidades
- 14. Representantes del sector privado.
Cada institución debe estar representada por la máxima autoridad o su delegado.
El Sistema Nacional de Respuesta al Cambio Climático, podrá interactuar y articularse con otras instituciones e instancias de Gobierno y de la Sociedad y en especial, con el Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres y el Sistema de Producción, Consumo y Comercio.
Funciones del Sistema Nacional de Respuesta al Cambio Climático
Las funciones del Sistema Nacional de Respuesta al Cambio Climático son:
- 1. Promover e implementar la Política Nacional de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático, bajo el Modelo de Diálogo, Alianzas y Consensos;
- 2. Dar cumplimiento y seguimiento a los compromisos internacionales de Nicaragua asumidos en función de la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático, el Acuerdo de París, Estrategia Regional de Cambio Climático y los demás Instrumentos vinculados a esta materia, en los que Nicaragua sea Estado Parte;
- 3. Elaborar el Plan Nacional de Adaptación al Cambio Climático;
- 4. Elaborar las Comunicaciones Nacionales e Inventarios Nacionales de Gases Efecto Invernadero;
- 5. Elaborar las evaluaciones de riesgo climático del país;
- 6. Calcular factores de emisión nacional de gases de efecto invernadero, mediante la investigación académica y científica;
- 7. Compilar y difundir los avances de Nicaragua en materia de mitigación y adaptación al cambio climático;
- 8. Propiciar investigaciones nacionales sobre el cambio climático;
- 9. Proponer a la Presidencia de la República todas aquellas acciones que sean necesarias para la Mitigación y Adaptación al Cambio Climático;
- 10. Gestionar cooperación internacional y financiamiento para la Mitigación y Adaptación y al Cambio Climático;
- 11. Todas aquellas funciones que sean necesarias para lograr el objetivo propuesto en la Política Nacional de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático;
- 12. Revisión y actualización periódica de la Política Nacional de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático.