El Acuerdo de París mediante su Artículo 5, permite la implementación de REDD+ a través de enfoques basados en el mercado y no basados en el mercado. Esto posibilita que los países intercambien emisiones reducidas producto de la implementación de REDD+, para lograr las metas establecidas en sus NDC, con el requisito de evitar la doble contabilidad.
La necesidad de tales registros de transacciones también se refleja en el Marco Metodológico del FCPF, para aquellos países que pretenden alcanzar un acuerdo de pago por resultados con el Fondo de Carbono. Su diseño también está relacionado con el establecimiento de un mecanismo de gestión de reversión para abordar la no permanencia y de un fondo de reserva para tener en cuenta la incertidumbre relacionada con el cálculo de reducciones de emisiones.
Nicaragua cuenta con la resolución ministerial No 47.09.2019 que mandata establecer el Sistema Nacional de Registros de Programas y Proyectos con enfoque REDD+, su procedimiento para obtener la inscripción en el Registro Nacional de Programas y Proyectos para la Reducción de Emisiones por Deforestación y la Degradación Forestal(Registro REDD+) y de Iniciativas REDD+ que pretendan optar a pagos por resultados o compensaciones similares como consecuencia de acciones que generen reducción de emisiones en el marco de Actividades REDD+.
Sistema de registro proyectos REDD | |
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Documento Oficial Regitro Proyectos ENDE-REDD | Descargar |