EAS 5 Adquisición de Tierras, Restricciones sobre el Uso de la Tierra y Reasentamiento Involuntario: Este estándar reconoce que la adquisición de tierras y las restricciones sobre el uso de la tierra relacionadas con el proyecto pueden tener impactos adversos en las comunidades y las personas. La adquisición de tierras o las restricciones sobre el uso de la tierra relacionadas con el proyecto pueden causar desplazamiento físico (reubicación, pérdida de tierras o de viviendas), desplazamiento económico (pérdida de tierras, bienes o acceso a bienes, que conduzcan a la pérdida de fuentes de ingresos u otros medios de subsistencia), o ambos. El término “reasentamiento involuntario” se refiere a estos impactos.
El reasentamiento se considera involuntario cuando las personas o las comunidades afectadas no tienen derecho a negarse a la adquisición de tierras ni a las restricciones sobre el uso de la tierra que generan desplazamientos.
El análisis efectuado al EAS 5, indica que la Estrategia ENDE-REDD+ y el Programa de Reducción de Emisiones en la Costa Caribe, no requerirán, adquirir Tierras, reasentar familias o comunidades. En los casos que se puedan causar restricciones al acceso a los recursos naturales en áreas protegidas, se deberá proceder de acuerdo la señalado en la Norma de Proceso.
Mas información en el siguiente enlace.
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