La Asamblea Nacional, a solicitud de la Presidencia de la República, aprobó una iniciativa que traslada las funciones del Instituto Nacional Forestal (Inafor) al Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales (Marena).
De esta manera, el Marena le corresponden las siguientes funciones; velar por el cumplimiento del régimen forestal en todo el territorio nacional.
En esta iniciativa también se reformó en algunos artículos de la ley 217 o Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales.
Con esta reforma, son objetivos particulares la prevención, regulación y control de cualquiera de las causas o actividades que originen deterioro del medio ambiente y contaminación de los ecosistemas; así como la administración, monitoreo y control de los recursos forestales.
También se determinó que el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales es sucesor sin solución de continuidad del Instituto Nacional Forestal.
«Todas las atribuciones, funciones y competencias del Instituto Nacional Forestal, serán ejercidas por el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales», dice la ley de reforma.
En el artículo quinto de esta reforma, establece que los presupuestos aprobados para el Instituto Nacional Forestal, serán trasladados al Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales, para el cumplimiento de sus funciones.
Por ministerio de la presente ley, todos los activos del Instituto Nacional Forestal pasan a ser parte de los bienes de dominio público del Estado.